La respuesta es sí; siempre y cuando tengamos en cuenta las siguientes consideraciones.
Actualmente, firmamos un sinnúmero de contratos en línea; tales como el de renta o compra de una película, software o aplicación; compra de boletos de avión o para un concierto; aceptamos términos y condiciones de uso, términos de privacidad, etc.
Todos ellos son contratos legales, válidos y vinculantes; es decir, que obligan a ambas partes a cumplir lo pactado en ellos.
Aquí es muy importante mencionar que el cumplimiento de las partes no depende siempre de la fuerza del contrato; es decir, puedes tener el contrato más robusto y tener acción legal para cobrar por una venta (por ejemplo) y no poder localizar al deudor jamás o que el mismo no tenga dinero o bienes para pagarte.
Esto también ocurre aunque se tengan contratos escritos y firmados por las partes.
El secreto consiste en tener en cuenta los siguientes puntos:
+ Primero que nada, si la operación implica una contraprestación o pago, procura que una vez cerrado el trato.
+ Preferentemente puedas ver en persona a tu contraparte y hacer el intercambio en vivo;
+ Si no es posible, verifica la reputación o el prestigio de la contraparte. Ya sea por la calificación de otros usuarios o por el conocimiento de la empresa que sea tu contraparte.
+ Utiliza las opciones de seguro que el portal de la transacción ofrece como un procedimiento de protección, incluso si la opción implica un costo mayor. Recuerda que es mejor perder un poco del valor, que todo el valor.
Si tu operación no es a través de un portal de operaciones comerciales y es llevado a cabo directamente por tu empresa o negocio como parte de sus operaciones cotidianas, a través de correos electrónicos para confirmar operaciones o para fijarlas, te comento que también estás protegido por el Código de Comercio que establece expresamente que no se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza a cualquier tipo de información por la sola razón de que esté contenida en un correo. Por tanto, dichos mensajes podrán ser utilizados como prueba en cualquier proceso ante autoridad, y surtirán los mismos efectos jurídicos que la documentación impresa; siempre y cuando los mensajes de datos se ajusten a las disposiciones del Código de Comercio y a las leyes.
SI DESEAS MAYOR INFORMACIÓN, POR FAVOR DA CLICK EN ESTE ENLACE: ÁLVAREZ & ASOCIADOS.