Derecho fiscal
Impuesto predial de escuelas, guarderías y centros culturales en Nuevo León
Tarifa especial del impuesto predial para instituciones educativas, guarderías y centros culturales en Nuevo León: requisitos y procedimiento.
Artículo histórico. Publicado en 2018. Consulte las tarifas y requisitos vigentes de su municipio.
Esta reducción aplica para instituciones educativas, guarderías y centros culturales
El Impuesto Predial en el Estado de Nuevo León ha ido incrementándose año tras año; representando en algunos casos, un aumento en más del 300% de dicho impuesto a pagar, en comparación con los ejercicios anteriores. La Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, prevé una serie de beneficios fiscales para las Instituciones Educativas, Guarderías y Centros Culturales; entre los que se encuentra el cálculo de una tarifa especial que permite reducir hasta en un 90% el monto anual del impuesto predial de manera PERMANENTE. Aunque esta disminución se encuentra contemplada por la Ley, la misma no se obtiene fácilmente.
Las autoridades municipales imponen requisitos o trabas que se salen del conocimiento o control de cualquiera que no se vaya por la vía legal. El procedimiento debe realizarse de manera adecuada, cumpliendo con requisitos legales y plasmando los argumentos jurídicos correctos. BENEFICIOS: Reducción permanente del impuesto predial, obtenida a través de juicio de Nulidad.
Al contrario del juicio de Amparo, que solamente protege al quejoso (propietario), este beneficio acompaña al inmueble. Únicamente puede ser modificado o extinguido, en el caso de que el predio dejara de utilizarse para el fin educativo. Se generan honorarios hasta el momento de obtener el ahorro. Estamos a tus órdenes para analizar tu caso y cotizarte específicamente y también en caso de dudas o comentarios.
Información general vigente a la fecha de publicación; su aplicación depende de cada caso. Para revisar su situación, agende una reunión.
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